Ratificado el acuerdo del II Convenio Colectivo en el Grupo Renfe.

Ratificado el acuerdo del II Convenio Colectivo en el Grupo Renfe.

En el día de ayer, se ha reunido la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo del Grupo RENFE, con el fin de proceder a la ratificación del preacuerdo firmado el pasado 19 de diciembre de 2018.

Tras la aprobación del texto por la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas y su ratificación esta mañana por la mayoría de la Comisión Negociadora, se intensificará la negociación en las Mesas Técnicas de desarrollo del convenio y, con ello, la puesta en práctica de los avances conseguidos para la plantilla.
 
En este sentido, os recordamos que el acuerdo recoge muchas de las reivindicaciones de UGT, supone la aplicación de los incrementos salariales y adicionales, permitiendo el inicio de la recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores.
 
También, se activarán los incrementos pendientes del 2018, por lo que la empresa abonará a los trabajadores en activo a 31 de diciembre de 2018 dos pagas lineales y no consolidables que emanan del 0,50% (225 € brutos) derivados de los beneficios de la empresa el pasado
año, y un 0,20% (90 € brutos) por la productividad.
 
Asimismo, mejora ostensiblemente las condiciones sociolaborales de la plantilla, con avances significativos en aspectos sociales sin precedentes en la empresa como el establecimiento de las 37,5 horas de jornada laboral, la reducción de los tiempos de permanencia en las
categorías de ingreso o la posibilidad de alcanzar la mayortasa de reposición legalmente prevista, lo que significa superar el 100% de las bajas.
 
Igualmente, la eliminación del Nivel 3 para Mandos Intermedios y Cuadros Técnicos Administración y Gestión, y el incremento en 500 € de la banda mínima de retribución variable en los Niveles 1 y 2, suponen una mejora para este colectivo, especialmente favorable para los niveles de ingreso con la reducción de los tiempos de permanencia.
 
No obstante, somos conscientes de que el avance no es suficiente por lo que trabajaremos para conseguir los objetivos de mejora en las mesas de desarrollo.
 
También, se establece la regulación de los permisos retribuidos en caso de familiar enfermo hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, las excedencias para cuidar de un familiar dependiente con reserva del puesto de trabajo, las licencias en caso de someterse a técnicas de reproducción asistida, el significativo incremento de las cantidades destinadas a ayudas.

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