En Movistar Prosegur Alarmas quiere cronometrar el tiempo que vas al baño
El control empresarial tiene límites: la dignidad, la intimidad y las necesidades básicas no se registran.
Recordamos a toda la plantilla que los tiempos destinados a ir al baño, coger agua o atender necesidades similares forman parte del tiempo efectivo de trabajo. Por tanto, no es necesario ni legal exigir que las personas trabajadoras se “logueen” o registren estas pausas en el sistema.
Negar o limitar este derecho, o convertirlo en un mecanismo de control individualizado, puede vulnerar la dignidad de la persona trabajadora y su derecho a la intimidad, tal y como recoge la doctrina del Tribunal Supremo y los límites establecidos en el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores sobre las facultades de control empresarial.
Además, cualquier cambio en los sistemas de control de tiempos, registro de actividad o medición de pausas debe contar con la información previa a la representación legal de las personas trabajadoras y con el correspondiente informe de la representación sindical, en los términos legalmente establecidos, hecho que de no haber ocurrido lo denunciaremos inmediatamente ante la Inspección Provincial de Trabajo de Madrid.
Nos consta que se han remitido correos reclamando a la plantilla que se registre en este sentido cada vez que acuda al baño, coja agua o realice pausas similares.
Desde UGT queremos trasladar un mensaje claro: no estáis solos ni solas. En caso de recibir este tipo de correos o instrucciones, poneos en contacto con nosotros (Javcier .- 677788568), para poder estudiarlos, asesoraros y actuar en defensa de vuestros derechos.
El control empresarial tiene límites. La dignidad, la intimidad y las necesidades básicas de las personas trabajadoras no pueden quedar sometidas a un registro permanente.