OMBUDS SEGURIDAD firma un acuerdo con FeSMC UGT y CCOO para abonar las nominas pendientes a la plantilla

OMBUDS SEGURIDAD firma un acuerdo con FeSMC UGT y CCOO para abonar las nominas pendientes a la plantilla

Con fecha límite 31 de julio de 2019 las empresas se comprometen a abonar las nominas que hasta la fecha no hayan sido satisfechas (nomina de junio de 2019 y de julio de 2019), ademas del abono de la paga de verano.

CCOO y UGT informan que hoy día 10 de julio de 2019 han firmado un compromiso de viabilidad y pagos de nóminas pendientes con la compañia OMBUDS SEGURIDAD que ante todo busca asegurar los empleos de los miles de trabajadores y trabajadoras implicadas y la continuidad de los servicios de la empresa.

La empresa nos transmite que como máximo a fin de mes tendrá liquidez para hacer frente a los pagos de la nómina de junio, julio y paga extraordinaria . Al igual que su viabilidad a medio y largo plazo.

Adjuntamos texto íntegro del acuerdo para vuestra información.

ACUERDO

En Madrid, siendo las 19:00 horas del día 10 de julio de 2019

REUNIDOS

De una parte, por las empresa OMBUS COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A., OMBUDS SERVCIOS, S.L. y UTE THYSSEN, representadas por D. Rodrigo José Cortina López y D. Carlos Javier Bañuelos Fernández, en su condición de Consejero Delegado y Director General, respectivamente.

Y, de otra, D. Diego Giráldez Gerez en su condición de Responsable Federal de Seguridad Privada y Servicios Auxiliares del sindicato FeSMC-UGT, D. Daniel Barragán Burgi en su condición de Secretario de Acción Sindical del sindicato CC.OO. de Construcción y Servicios. Ambas partes en el conflicto suscitado por el retraso en el pago de la nomina del mes de junio de 2019 ADQUIEREN LOS SIGUIENTES COMPROMISOS:

PRIMERO. Las empresas en este acto se compromete a establecer todos los esfuerzos posibles con el objetivo claro de mantener su actividad y con ello el empleo.

SEGUNDO. Con fecha límite 31 de julio de 2019 las empresas se comprometen a abonar las nominas que hasta la fecha no hayan sido satisfechas (nomina de junio de 2019 y de julio de 2019).

TERCERO. Las empresas se obligan a abonar la paga extra de verano cuyo vencimiento estaba previsto para el día 15 de julio de 2019 a más tardar el día 31 de julio de 2019.

CUARTO. La empresas aquí representadas se harán cargo de los cargos bancarios a los trabajadores debidamente justificados por el retraso en el pago de la nomina.

QUINTO. Con el objetivo claro de mantener la viabilidad del negocio y, con ello, el mantenimiento de los puestos de trabajo, las personas trabajadoras se comprometen a acudir a sus puestos de trabajo con normalidad garantizando la continuidad del servicio. Ambas partes entienden que con la suscripción del presente compromiso se garantiza la estabilidad de los puestos de trabajo así como el cobro de los salarios de los trabajadores así como el cumplimiento de los contratos suscritos con los clientes.

SEXTO. Se deja constancia que los fondos obtenidos por la reactivación de las líneas de financiación bancaria durante el presente mes de julio de 2019 serán destinadas, inmediatamente, al pago de los salarios adeudados a las plantillas hasta ese momento.

SÉPTIMO. Se crea una comisión de seguimiento compuesta por los sindicatos firmantes de este acuerdo que además ostentan representación a nivel nacional en los distintos comités de empresa para dar seguimiento al cumplimiento de los presentes acuerdos.

En prueba de conformidad las partes, en la representación que ostentan firman los presentes acuerdos en el lugar y fecha indicados.

▶︎ Descargar comiunicado conjunto y acuerdo en formato PDF (454 kb)

 

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